Declaración sobre la lactancia como un Derecho Humano. Naciones Unidas.


Según las Naciones Unidas, los estudios científicos consistentemente muestran que los niños amamantados pueden sobrevivir y prosperar, mientras que está demostrado que las mujeres pueden ser protegidas contra ciertas enfermedades y es necesario promover la lactancia. A finales del 2016 este organismo a través de sus expertos relatores, publicó una declaración sobre el derecho a la lactancia como un Derecho Humano

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Esta declaración tiene como propósito instar a los Estados a tomar acciones urgentes respecto a las leches de fórmula y a tomar acción para suspender la comercialización "engañosa, agresiva e inapropiada" de los sustitutos de la leche materna que realiza esta multimillonaria industria en todo el globo. La declaración llama la atención a los estados en el sentido que se esfuercen en tomar  medidas legales, ya que son pocos los que protegen este Derecho Humano. 

Para explicar esta importante declaración, voy a describir los puntos de la misma y los derechos que protege, así como mencionar la normatividad que los Estados deben cumplir y hacer cumplir para proteger estos derechos, no sin antes explicar quienes son las personas que realizaron esta declaración:

¿Quienes son los relatores especiales?
Los relatores especiales son expertos que apoyan voluntariamente a las Naciones Unidas en temas de Derechos Humanos. Ellos trabajan en Procedimientos Especiales y abordan situaciones específicas de un país o temas temáticos en todas partes del mundo. De su trabajo se generó en noviembre de 2016 una Declaración en Ginebra señalando que la lactancia es un asunto de Derechos Humanos tanto para el niño como para la madre que debe ser promovido y protegido.

Bases para hacer una declaración orientada a proteger el derecho a la lactancia como un Derecho Humano:
  • Por las prácticas de mercadeo abusivas que usualmente afectan las decisiones que las mujeres toman sobre cómo alimentan a los bebés, pudiendo impedir que las madres y los bebés reciban los beneficios a nivel de salud que ofrece la lactancia. 
  • Por la preocupación de que estas prácticas se enfocan en países en desarrollo, ya que mercados de los países desarrollados están saturados. 
  • Por la falta de información de los trabajadores de la salud, tradiciones familiares y culturas
  • Por la estigmatización de las mujeres dando el pecho en público que tienden a la discriminación, el lugar de trabajo.
  • Por exponer a las mujeres a estereotipos de género y tabú en todas las regiones.
  • Por la restricción de la autonomía de las mujeres en tomar decisiones sobre sus propias vidas. 
Derechos de los niños que se busca proteger:
  • Derecho a la vida.
  • Derecho a la supervivencia y el desarrollo.
  • Derecho al más alto nivel de salud en el que la lactancia materna debe ser considerada como un componente integral.
  • Derecho a recibir alimentos nutritivos. 
Derechos de las mujeres que se busca proteger:
  • Recibir información precisa e imparcial necesaria para tomar una decisión informada sobre la lactancia humana.
  • Obtener servicios de salud de buena calidad, incluidos servicios integrales de salud sexual, reproductiva y materna. 
  • Lograr una protección adecuada de la maternidad en el lugar de trabajo.
  • Vivir un ambiente amistoso y contar con condiciones apropiadas en los espacios públicos para la lactancia materna que son cruciales para asegurar su practica exitosa.
  • Recibir información sobre lactancia artificial y ser protegidas de interferencias dañinas por agentes no estatales, en particular el sector de la industria. 
Consecuencias negativas de no proteger estos derechos:
  • Efecto negativo en los índices de lactancia materna exclusiva debido a que uno de cada tres niños en el mundo la recibe, mientras que las arcas de la industria de sucedáneos se incrementan cada vez más.
  • Violación de los derechos de las mujeres a la salud.
  • Infracción a la dignidad e integridad de las mujeres. 
Se requiere apoyo. De esta manera unas 820.000 vidas podrían ser salvadas cada año. Y es por ello es que los estados deben adoptar medidas y adoptar como una obligación en sus funciones acciones y normatividad para regular y reducir un uso inapropiado de prácticas de negocio realizadas por la industria de producción y distribución de alimentación para bebés.

Las medidas drásticas deben orientarse a:
  • Que no se socaven los esfuerzos para aumentar los índices de lactancia materna exclusiva.
  • Que no haya barreras para que las mujeres ejerzan sus derechos.
  • Promover y proteger la lactancia a través de bajas de maternidad en el trabajo pagas.
  • Espacios seguros para amamantar, extraerse o almacenar leche.
  • Brindar un mejor entrenamiento a los trabajadores de la salud.
  • Asegurar que las mujeres tengan información precisa para que tomen decisiones informadas sobre la manera óptima de alimentar a los bebés.
  • Que el acceso a una buena y de calidad de sustitutos sea regulada y con precios al alcance de todos. 
  • Enseñar a las madres que la lactancia es una de las formas más efectivas de asegurar la salud del bebé y su supervivencia.
  • Lograr poder establecer la lactancia dentro de la primera hora de vida del bebé.
  • Lograr que las madres puedan seguir la recomendación de dar solamente leche materna a sus bebés durante sus primeros seis meses y continuar hasta los dos años o más con una alimentación complementaria apropiada.
  • Que las campañas de mercadeo no afecten la posibilidad que tienen las mujeres y su habilidad para amamantar a sus bebés de manera óptima y disfrutar los beneficios que la lactancia ofrece. 
  • Que las campañas de mercadeo orientadas a la venta de sustitutos de la leche materna y alimentos para bebés desde los 6 a los 36 meses no sean inapropiadas ni agresivas. 
Normas que deben cumplir los estados para alinearse con la protección de estos derechos (Haz click en cada una para conocer su contenido:
-Nutrición de la madre, el lactante y el niño pequeño.


-Otra relevante normatividad sobre derechos humanos para proteger su derecho a la vida, supervivencia y desarrollo.

En este enlace encuentras la declaración completa: http://www.ohchr.org/EN/NewsEv ents/Pages/DisplayNews.aspx? NewsID=20871&LangID=E


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