CONCEPTO LEGAL SOBRE SEPARACIÓN, DIVORCIO Y LACTANCIA MATERNA


El derecho a la lactancia requiere ser más conocido y reconocido por parte de médicos, nutricionistas, psicólogos, abogados, trabajadores sociales, inspectores, equipos de recursos humanos de las empresas, jueces, investigadores, mediadores, encargados de recintos de uso público en clubes sociales y restaurantes, mamás y papás.  



Como abogada especialista, y como educadora prenatal y postnatal certificada, recibo a diario consultas sobre el derecho a amamantar en público, los derechos de la mujer trabajadora; la extracción de leche durante la jornada laboral, el manejo de la lactancia que va más allá de los dos años, etc.

En esta publicación quiero informar sobre los conflictos que se generan entre las parejas que se separan con respecto a los hijos que aún toman leche materna, y aportar algunas estrategias, tanto para los padres como para las autoridades, que faciliten dirimir los conflictos relacionados con las visitas y salidas con el menor, en los que se tendrá en cuenta la edad del pequeño, su bienestar y su entorno:

Problemática de la separación cuando menor amamantado
En ocasiones la pareja no lactante exige un destete que apunta a la necesidad de tiempo exclusivo para gozar con su hijo, exigiendo pasar noches enteras, o fines de semana con él. También se suele argumentar que la lactancia materna se usa como una excusa para impedir que se pase tiempo con el pequeño, o se pone de presente que la relación de amamantamiento tiene efectos sicológicos y físicos nocivos sobre el niño (con especial atención cuando va más allá de los seis meses). Se habla de daño o abuso emocional, e incluso se menciona que el menor podría estar presentando síntomas de desnutrición por estar tomando leche materna y no otros alimentos. 

La separación puede facilitar la convivencia y el tiempo exclusivo que se tiene con el menor, pero también puede a afectar la lactancia.

Respuesta de las autoridades

Ante semejante panorama, las autoridades podrían considerar que la lactancia es nociva, y las consecuencias pueden ser nefastas: Desde un destete obligado, hasta separaciones prolongadas entre el bebé y la madre. O incluso la pérdida de la custodia o de la patria potestad. Y es allí cuando la información, el conocimiento y la especial atención a las circunstancias, permiten que las soluciones que se planteen puedan beneficiar a todos. El momento actual que vive el niño, su bienestar, su entorno y la relación personal de él con sus cuidadores, tienen un interés especial, así como el entendimiento del funcionamiento de la lactancia materna, su duración y las normas, acuerdos y declaraciones que la amparan como derecho.

Duración de la lactancia
La lactancia puede durar el tiempo que la madre y el pequeño lo deseenAsí es. Y se es muy importante para la salud física y mental. Por ello, ante un conflicto frente a los derechos que tiene un lactante, no es válida ni eficaz imposición legal alguna sobre el destete.
La Clínica Mayo es una prestigiosa entidad sin ánimo de lucro dedicada a la práctica médica, que explica los beneficios de la lactancia que dura más allá del año, recomendandola hasta que la madre y el menor así lo deseen, así como lo hacen las organizaciones mundiales de apoyo a la lactancia. Se refiere a la leche materna como el estándar de oro de la nutrición infantil, y señala que su composición irá cambiando según las necesidades nutricionales. También, que nadie sabe a qué edad del niño, la leche materna que tome se convertirá en nutricionalmente insignificante. Las células, hormonas y anticuerpos de la leche humana continuarán protegiendo el sistema inmunológico del pequeño mientras dure la lactancia y la salud del bebé será mejor, entre más tiempo continúe tomando leche materna. De igual forma la de la madre, entre más prolongada sea: menos
 riesgo de cáncer de seno y de ovario, menos artritis reumatoidea, presión arterial alta, problemas del corazón y diabetes. También informa que luego del año, hay infantes que toman cantidades moderadas de leche materna, siendo la leche una fuente significativa de nutrientes; y hay los que toman porciones mayores de alimentos sólidos, y pocas cantidades de leche materna. Explica que el destete es un proceso natural, y que en el mundo hay bebés que continúan la lactancia hasta los dos a cuatro años; y otros que siguen hasta los seis o siete años, siendo menos común en otras partes del mundo; pudiéndose ocasionar por ello, reacciones adversas. Pero nadie tiene porqué interferir en la decisión de cuánto tiempo debe durar la lactancia.

Los derechos del cuidador que no está amamantando
Es un derecho del menor pasar tiempo con su círculo familiar. Y la relación del bebé con la persona no lactante no tiene porqué verse afectada por la lactancia, si se tiene en cuenta el patrón de amamantamiento, y si se respetan las necesidades del niño. Por el bien del menor, es preferible una relación armónica que proteja el rol de cada uno frente a los cuidados nutricios (me refiero al papel de quien da el pecho) y no nutricios, con los mismos derechos y las mismas obligaciones; y con la misma posibilidad por parte del menor de recibir afecto y cercanía de todos. Por lo mismo, cuando hay una separación y el pequeño es amamantado, los padres deben hacer arreglos que tengan en cuenta esa necesidad. Es ideal que lo hagan de común acuerdo y manifestarlo así ante las autoridades. 

Pero sucede que en ocasiones no hay acuerdo y las determinaciones de conductas y horarios son impuestas por otros. Y las autoridades no siempre se basan en el contexto ni en las necesidades actuales del menor, quien tampoco puede expresarlas.

Cómo funciona la lactancia
Durante la etapa oral, un pequeño que recibe el pecho necesita hacer tomas frecuentes, además de necesitar la cercanía y la proximidad de su cuidador principal. Una separación abrupta podría causar problemas en la madre, tales como conductos tapados, mastitis, disminución en la producción de la leche, interrupción definitiva de la lactancia no motivada por el deseo del pequeño ni de la madre...

Como lo dice la OMS, El pecho a libre demanda es necesario para un bebé amamantado exclusivamente durante los primeros seis meses, y durante la introducción de alimentación complementaria con posterioridad. Luego de que la alimentación complementaria está establecida, continúa siendo valiosa la leche materna, también a libre demanda. Los tiempos en que el bebé está al pecho varían según estos parámetros, y conforme va creciendo; no es igual un bebé menor de seis meses que toma leche exclusivamente y cuya salud podría verse afectada severamente con sustitutos de la leche materna, a un bebé de más de dos años, que sigue tomando el pecho y que puede continuar haciéndolo en los momentos en que su madre esté con él. Por lo tanto, una separación abrupta puede causar problemas en la madre, como conductos tapados, mastitis, disminución en la producción de la leche e interrupción definitiva de la lactancia no motivada por el deseo del pequeño ni de la madre, entre otros, y cada caso particular debe ser  analizado de forma sensata.

Protección
Por ende, la lactancia debe ser protegida; y siendo la madre quien la provee, las separaciones prolongadas podrían interferir con la lactancia y la satisfacción de las necesidades físicas y emocionales de un pequeño, las cuales son un derecho. Priman sobre el bienestar particular de un adulto, que bien podría brindar tiempo de calidad por lapsos que no impidan una separación a la hora de recibir el pecho. Por ejemplo con visitas diarias. El régimen de visitas y salidas debe basarse en decisiones informadas, y adaptarse de manera tal, que las separaciones entre el bebé y la madre no afecten la relación de lactancia. Este régimen puede ir ampliándose paulatinamente conforme el pequeño va creciendo porque las necesidades del menor irán variando conforme pasa el tiempo.

Guía para las autoridades
Para establecer cuales son los mejores intereses del menor, quienes imponen la ley deben evaluar la capacidad de cada uno de los padres para cuidar al pequeño, su entorno, su ambiente social y cultural, así como revisar a profundidad la relación que existe entre ellos. Deben tener en cuenta las rutinas de alimentación y de sueño infantil, los cuales determinarán los tiempos de convivencia según las necesidades cambiantes del menor, con estrategias que no tienen porqué interrumpir la lactancia cuando el pequeño todavía toma el pecho (sin perjuicio de la edad que tenga), porque es un derecho que tiene el menor. 

Curvas de crecimiento
No hay que “tragar entero” cuando alguien escribe o dice que la lactancia es causante de una disminución en el peso y la talla del pequeño. Recurrir a las tablas de crecimiento de UNICEF que se utilizan con bebés que toman el pecho y buscar el aval de un profesional de la salud que sea pro lactancia, es un recurso útil y necesario. Entender que sustituir la leche materna con leche de fórmula para facilitar las separaciones, no es viable por las graves consecuencias para la salud de la díada lactante, y servirá para evitar decisiones que vayan en contravía de la integridad de ambos. 

Es interesante resaltar aquí el concepto que sobre el tema legal, emite el Comité de Lactancia de la Asociación Española de Pediatría:
 

“Una lactancia de dos o más años no debería extrañar a nadie, y menos a un juez a la vista de las evidencias científicas que la apoyan. La alimentación al pecho mejora la salud física y psíquica de los niños y de las madres y disminuye el gasto sanitario, entre otras ventajas. También se ha constatado que los beneficios de la lactancia materna tiene una relación dosis-respuesta, es decir, a mayor duración de la lactancia, menor incidencia de enfermedades.

Hay que informar al juez, si éste no ha sido madre o padre de un niño amamantado que para mantener la lactancia es necesario la continuidad de la misma. La lactancia no se puede interrumpir durante 24 horas para luego retomarla, porque perjudica el pecho de la madre (riesgo de ingurgitación, mastitis), puede disminuir el volumen de leche y afectar a la salud emocional del niño, pues muchos niños, además de alimento, buscan consuelo en el pecho de su madre, haciendo tomas cortas, pero numerosas a lo largo del día o de la noche.

Por todo ello, el Comité de Lactancia Materna de la Asociación Española Pediatría considera que la lactancia es motivo justificado para adaptar el régimen de visitas y que, para no perjudicar al hijo, ni que nadie pueda pensar que la lactancia se está empleando como arma contra el ex-cónyuge, sería recomendable negociar el cambio de los tiempos correspondientes a fines de semana o vacaciones, por periodos equivalentes más cortos (tardes o mañanas), que permitan al niño disfrutar de todo a lo que tiene derecho: por un lado el cariño, el calor y el pecho de su madre y por otro el afecto y el contacto con su padre.

En los casos de divorcio o separación de los padres, los jueces tienen que garantizar que se cumplan los derechos de custodia y el régimen de visitas, prioritarios para el fin primordial, que es el bienestar del menor. Los derechos de las relaciones paterno-filiales tienen que protegerse, pero los padres han de ser los primeros que velen por el bienestar de su hijo, evitando poner obstáculos a la lactancia como forma de manipulación o castigo hacia las madres, ya que el daño lo sufre el niño. De igual manera las madres no deben usar la lactancia para restringir el derecho de los niños a recibir el cuidado y el cariño de su padre. Hay que permitir y potenciar que los niños establezcan una vinculación afectiva tanto con su madre como con su padre. Si alguna de las partes, por razones no válidas, quiere restringir este derecho, está afectando el desarrollo y bienestar del menor.

Siempre que es posible, los jueces fomentan que los padres lleguen a un acuerdo, de forma voluntaria, sobre el tiempo que el menor compartirá con cada uno de ellos. En el caso de que esto no sea posible, el juez tomará una decisión basada en el mejor interés del menor. Si se le presenta al juez la evidencia de que el niño está siendo amamantando, habitualmente se protege esa relación de amamantamiento, manteniendo al menor con su madre la mayor parte del día y la noche y otorgando al padre visitas cortas de dos a tres horas, preferiblemente diarias. Hay que tener en cuenta que las tomas nocturnas son frecuentes, necesarias y emocionalmente reconfortantes y su interrupción puede afectar la producción de leche y la duración de la lactancia, por lo que es recomendable que el niño que lacta pase las noches con la madre”. 

Situaciones especiales
Si bien se presume que ambos padres tienen las mismas responsabilidades (independientemente de la manera en que se reparta el tiempo en que deben ejercerlas), en casos de violencia, atentados contra la dignidad física y moral; ante un abuso o una emergencia; o en los casos en que los acuerdos hechos por los cuidadores afecten el bienestar del menor, es imperativo establecer la manera en que se reconoce el derecho a permanecer con el pequeño o no. Mal harían las autoridades en permitir incluso visitas y salidas, en una relación en la que un miembro de la pareja se ha desentendido completamente de sus responsabilidades desde el principio o ha cometido actos como los descritos.

El vínculo entre cada uno de los padres con su hijo debe ser protegido y respetado, tanto por cada uno de ellos frente al otro, como por parte de las autoridades. La relación de lactancia no tiene porqué ser afectada y se puede manejar cuando el menor no depende exclusivamente de la lactancia, con separaciones no demasiado prolongadas. El tiempo que pase el menor con cada uno de ellos obedecerá al momento actual del pequeño y a sus necesidades concretas. La armonía y el respeto entre la ex pareja deben anteponerse, por el bien del pequeño.
Referencias:

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